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El Tribunal Europeo de DDHH condena a España por interrogar a un etarra sin su abogado
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este martes a España por haber realizado un interrogatorio a un miembro de la organización separatista vasca ETA sin la presencia de su abogado, durante su detención en régimen de incomunicación.
El caso se refiere a la prisión preventiva en régimen de incomunicación de Javier Atristain Gorosabel, y un interrogatorio al que fue sometido a finales de 2010, sin la asistencia de su abogado.
Atristain Gorosabel cumple actualmente una condena de 17 años de prisión por pertenencia a organización terrorista y posesión de explosivos.
El TEDH señaló en primer lugar que "la orden de detención en régimen de incomunicación estaba prevista por la ley pertinente, pero era de carácter demasiado general" en el caso de Atristain Gorosabel.
El documento también menciona que "desde el punto de vista de la equidad del procedimiento en su conjunto, el hecho de haber impedido que el abogado de oficio del demandante viera a su cliente en el momento oportuno y de haber impedido que éste fuera asistido por un abogado de su elección tuvo como consecuencia socavar la imparcialidad del posterior juicio penal".
También señaló que el Código de Procedimiento Penal español se modificó en 2015 y ahora "impone una evaluación individual de la situación particular de las personas incomunicadas", pero "esta modificación no se aplicó en el momento pertinente".
Por lo tanto, el tribunal consideró una violación del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, sobre el derecho a un juicio justo y el derecho a la asistencia letrada de su elección.
España deberá pagar al demandante 12.000 euros (13.600 dólares) por daño moral y 8.000 euros (9.100 dólares) por costas y gastos.
O.Karlsson--AMWN